Aplicable a las actividades empresariales con volumen de operaciones superior a 600.000 euros anuales o cuando se haya renunciado a la aplicación de las demás estimaciones.
Plazos La presentación del mismo se efectuará durante los 20 primeros días de los meses de abril, julio y octubre, mientras que para el cuarto trimestre el período de presentación concluye el 30 de enero (art. 104.1 del Reglamento del IRPF).
Pagos fraccionados
El artículo 103.1 a) del Reglamento del IRPF fija que el ingreso a cuenta será el 20 por 100 del rendimiento neto correspondiente al período de tiempo transcurrido desde el primer día del año hasta el último día del trimestre a que se refiere el pago fraccionado.
De la cantidad resultante se deducirán:
Los pagos fraccionados ingresados por los trimestres anteriores del mismo año.
Las retenciones practicadas y los ingresos a cuenta efectuados correspondientes al período de tiempo comprendido entre el primer día del año hasta el último día del trimestre al que se refiera el pago fraccionado [art. 103.3 a)].
Documentación Modelo 130, que debe presentarse siempre, independientemente de que la declaración dé positiva, negativa o cero. (Modelos y formularios – Declaraciones – IRPF – Modelo 130)