La declaración-resumen anual debe ser presentada por todos aquellos sujetos pasivos del IVA que tengan la obligación de presentar declaraciones periódicas por este impuesto, independientemente de que sean trimestrales o mensuales.
Por lo tanto, no debe ser presentada por los sujetos pasivos del impuesto que ejerzan exclusivamente actividades sometidas a régimen especial de agricultura, ganadería y pesca o recargo de equivalencia.
Lugar de tramitación
El lugar de presentación estará en función del resultado arrojado por la última declaración-liquidación del ejercicio a la cual acompaña la declaración-resumen anual.
Así, si la última declaración-liquidación es a ingresar, podrán presentarse en cualquier entidad colaboradora de la provincia donde radique el domicilio fiscal del sujeto pasivo, siempre que disponga de etiquetas identificativas; también podrá presentarse en la entidad que preste el servicio de caja en la Delegación o Administración de la AEAT correspondiente al domicilio fiscal del sujeto pasivo.
Si la última declaración-liquidación fuese a compensar o sin actividad, se presentará en la Dependencia o Sección de Gestión Tributaria de la Delegación o Administración de la AEAT correspondiente al domicilio fiscal del sujeto pasivo.
Si el resultado es a devolver, se presentará en la entidad colaboradora donde se desee obtener la devolución, salvo el modelo 330 (Registro de Exportadores y Otros Operadores Económicos) que lo presentarán en la Delegación o Administración de la AEAT correspondiente al domicilio fiscal del sujeto pasivo.
Plazos
El plazo de presentación coincide con el existente para cada liquidación que acompaña al modelo 390.